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Calculadora de Paro SEPE 2026

Base de cotización
€/mes
días
Hijos a cargo
Cuantía estimada
Cobrarás aproximadamente
— €/mes
—
Base reguladora
—
Base de cotización media mensual
Duración
—
Según días cotizados
Total estimado
—
Suma de todos los meses

Desglose del cálculo y topes aplicados

Base reguladora diaria (base mensual ÷ 30) —
Cuantía bruta mensual (70% de la base reguladora) —
Cuantía desde el día 181 (60% de la base reguladora) —
Tope mínimo mensual sin hijos —
Tope máximo mensual sin hijos —
Prestación mensual aplicada (con topes) —
Porcentaje de sustitución sobre tu base —

Proyección mes a mes —

Mes Tramo Cuantía
Aviso legal: nuestra calculadora de paro es orientativa y basada en la normativa de prestaciones por desempleo y el IPREM vigente para 2026. El importe definitivo lo determina el SEPE a partir de tus bases reales y tu situación familiar. En ningún momento el resultado de esta página constituye asesoramiento laboral ni fiscal.

¿Qué es la prestación contributiva por desempleo (el paro) en 2026?

La prestación contributiva por desempleo, popularmente conocida como «el paro», es la prestación económica que reconoce el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) a las personas trabajadoras que pierden su empleo de forma involuntaria y acreditan un mínimo de cotización por desempleo. Se regula en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015) y su normativa de desarrollo.

Se diferencia del subsidio por desempleo en que este último es asistencial y no exige el mínimo de 360 días cotizados, mientras que la prestación contributiva se financia con las cotizaciones previas del trabajador y de la empresa.

Requisitos para cobrar el paro

  • Estar afiliado y en alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social.
  • Estar en situación legal de desempleo y acreditar la pérdida involuntaria del empleo.
  • Haber cotizado al menos 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación de desempleo.
  • Suscribir el compromiso de actividad y solicitar la prestación en los 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo.
  • No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación.

¿Cómo se calcula la base reguladora?

La base reguladora de la prestación por desempleo es la media de las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días cotizados (equivalentes a seis meses). Incluye por tanto el salario base, los complementos salariales sujetos a cotización y la prorrata de las pagas extraordinarias, además de las horas extraordinarias.

Si en los últimos seis meses has tenido períodos de incapacidad temporal, excedencia o reducción de jornada, el SEPE sustituye las bases de esos días por las que te habrían correspondido de haber trabajado (bases de referencia). La calculadora trabaja con la media simple de los seis meses introducidos, que es un buen aproximado cuando la actividad ha sido continua.

¿Qué porcentaje de la base reguladora se cobra: 70% y 60%?

Desde el año 2022, la cuantía de la prestación se calcula sobre la base reguladora con dos porcentajes:

Período de la prestaciónPorcentaje
Primeros 180 días70%
Desde el día 181 en adelante60%

El resultado nunca puede quedar por debajo del tope mínimo ni superar el tope máximo vigente, ambos calculados sobre el IPREM y modulados según existan hijos a cargo.

Duración del paro según los días cotizados

El período de prestación es escalonado: no crece de forma lineal, sino que avanza por tramos hasta un máximo de dos años. La duración se calcula a partir de los días cotizados en los últimos seis años:

Días cotizadosDuración de la prestación
De 360 a 539 días120 días
De 540 a 719 días180 días
De 720 a 899 días240 días
De 900 a 1079 días300 días
De 1080 a 1259 días360 días
De 1260 a 1439 días420 días
De 1440 a 1619 días480 días
De 1620 a 1799 días540 días
De 1800 a 1979 días600 días
De 1980 a 2159 días660 días
Desde 2160 días720 días

Topes mínimo y máximo del paro en 2026

Los límites de la prestación se calculan sobre el IPREM incrementado con la sexta parte, es decir, el IPREM más un sexto. Estos son los importes aplicados en la calculadora:

Situación familiarTope mínimoTope máximo
Sin hijos a cargo560,00€1.225,00€
Un hijo a cargo749,00€1.400,00€
2 o más hijos a cargo749,00€1.575,00€

Si el 70% o el 60% de tu base reguladora queda por debajo del tope mínimo, cobrarás el tope mínimo. Si lo supera, la cuantía se recorta hasta el tope máximo correspondiente a tu situación familiar. El tope mínimo se calcula sin la sexta parte del IPREM y se garantiza siempre su percepción.

¿Cómo solicitar el paro y plazos?

La solicitud debe presentarse en los 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo (o al cese efectivo de la actividad). Puede hacerse por internet con certificado digital o Cl@ve en la sede electrónica del SEPE, presencialmente con cita previa o en las oficinas de prestaciones. Si se presenta fuera de plazo, se pierden tantos días de prestación como días de retraso, aunque el derecho no se extingue si el retraso es inferior a un año.

Durante la prestación, el SEPE cotiza por ti a la Seguridad Social (por jubilación, incapacidad y protección a la familia) y debes renovar la demanda de empleo y acreditar la búsqueda activa de trabajo en los plazos indicados.

Compatibilidades: trabajo a tiempo parcial y suspensión

La prestación es compatible con un trabajo a tiempo parcial: en ese caso, la cuantía se reduce proporcionalmente a la jornada realizada. También es compatible con trabajos por cuenta propia de duración inferior a 60 meses cuando cumples determinados requisitos (Ley 20/2007), y con las prestaciones por cese de actividad de autónomos en los términos de su normativa específica.

Obligaciones durante el cobro: ¿qué puede hacerte perder el paro?

  • Rechazar una oferta de empleo adecuada puede suponer la pérdida de la prestación.
  • No acudir a las convocatorias del SEPE o de los servicios autonómicos de empleo, ni renovar la demanda en los plazos indicados.
  • No comunicar la realización de trabajos, aunque sean esporádicos o a tiempo parcial, mientras se cobra la prestación.
  • Salir al extranjero más de 15 o 90 días (según el caso) sin autorización previa del SEPE.

Preguntas frecuentes sobre la calculadora de paro

¿Cuánto se cobra de paro con un sueldo de 1.800€ al mes?

Con una base reguladora de 1.800€, el importe bruto inicial es del 70% durante los primeros 180 días (1.260€/mes) y pasa al 60% a partir del día 181 (1.080€/mes). Sin embargo, las cuantías finales están sujetas a los topes máximos del SEPE según tus cargas familiares: sin hijos a cargo, el tope máximo legal es de 1.225€ (por lo que los primeros 6 meses se ajustarían a esa cifra límite y a partir del mes 7 cobrarías los 1.080€), mientras que con un hijo a cargo el tope sube a 1.400€, permitiéndote percibir íntegramente los 1.260€ durante el primer semestre.

¿Se cobra el 70% o el 60% del paro desde el principio?

La prestación contributiva por desempleo se percibe al 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días (seis meses). A partir del día 181 en adelante, el porcentaje aplicable se reduce al 60%. Este porcentaje fijado por la normativa vigente (tras la reforma del RDL 2/2022) sustituyó al antiguo escalonado que bajaba al 50%, mejorando la cuantía a percibir a partir del séptimo mes de desempleo.

¿Qué pasa si he cotizado menos de 360 días para el paro?

Si no alcanzas el mínimo de 360 días cotizados en los últimos 6 años, no se genera el derecho a la prestación contributiva por desempleo. Sin embargo, se puede solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización siempre que tengas al menos 90 días cotizados con responsabilidades familiares o 180 días sin ellas, y cumplas con el límite de carencia de rentas (ingresos inferiores al 75% del SMI). Generalmente, el SEPE evalúa de oficio el acceso a este subsidio tras denegar la prestación ordinaria.

¿Influye el salario de toda la vida laboral en el cálculo del paro?

No. La base reguladora de la prestación contributiva se calcula tomando en cuenta exclusivamente las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días cotizados (seis meses) previos al cese laboral. Los salarios cobrados en años anteriores no influyen en el importe de la mensualidad, salvo para determinar el número total de días acumulados de derecho a paro en el periodo de 6 años previos.

¿El paro tributa en el IRPF y tiene retenciones?

Sí. La prestación por desempleo cotiza y se considera fiscalmente un rendimiento del trabajo, estando sujeta a retención de IRPF desde el primer mes. El SEPE aplica el porcentaje de retención correspondiente en función de tu situación personal, familiar y el importe bruto a percibir. Al tener la consideración de pagador, recibir la prestación por desempleo junto a un salario previo en el mismo ejercicio puede obligarte a presentar la declaración de la RENTA por haber tenido dos pagadores.

¿Puedo seguir cobrando el paro si me voy a trabajar al extranjero?

La prestación del SEPE se puede exportar temporalmente a cualquier país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o Suiza por un periodo máximo de 3 meses (prorrogables a 6), siempre que solicites la autorización previa antes de viajar y te inscribas como demandante de empleo en el país de destino dentro de los 7 días posteriores. Para desplazamientos fuera de ese ámbito territorial, el traslado suspende o extingue la prestación según la duración y la causa justificada del viaje.

¿Cuánto tiempo tarda el SEPE en resolver la solicitud de paro?

El plazo legal máximo para que el SEPE resuelva y notifique la concesión o denegación del paro es de 15 días hábiles a partir de la fecha de presentación de la solicitud (o desde que aportes toda la documentación requerida). En la práctica habitual, una vez aprobada la resolución, la prestación se abona entre los días 10 y 15 de cada mes, reconociéndose con efectos económicos con carácter retroactivo desde el día siguiente al cese laboral.

Cobrar el paro de una vez: la capitalización o pago único

Si tu plan tras el despido es emprender, el SEPE permite capitalizar la prestación: cobrar de golpe hasta el 100% del importe pendiente para invertirlo en tu proyecto. Esta opción está disponible si vas a darte de alta como autónomo o como socio trabajador de una cooperativa o sociedad laboral, y debe solicitarse antes de iniciar la actividad (no después). El capital se puede destinar a inversión inicial, gastos de constitución, o incluso a cuotas de autónomo, según el porcentaje que se capitalice.

Por qué el importe varía ligeramente cada mes

El SEPE paga la prestación por días naturales, no por meses completos. Esto significa que un mes de 31 días genera un ingreso ligeramente superior a uno de 28 o 30 días, porque el importe diario (70% o 60% de la base reguladora diaria) se multiplica por los días reales del mes de pago, no por una cifra fija. Es normal ver pequeñas variaciones en el ingreso mes a mes aunque tu situación no haya cambiado.

¿Puedo cobrar el paro si despido por mutuo acuerdo?

Depende de cómo se formalice. Un mutuo acuerdo puro (baja voluntaria pactada) no genera derecho a paro, porque el cese se considera voluntario. Sin embargo, si la empresa te despide y tú no impugnas, firmando una papeleta de conciliación que reconoce la improcedencia del despido, sí se considera cese involuntario y da derecho a la prestación.

Si ya agoté el paro una vez, ¿puedo volver a cobrarlo?

Sí, siempre que hayas vuelto a cotizar al menos 360 días desde el último cobro y esas cotizaciones no se hayan usado antes en otra prestación. Si no llegas a los 360 días, puede que tengas derecho a un subsidio por desempleo en lugar de a la prestación contributiva.

¿Puedo capitalizar el paro para hacerme autónomo?

Sí. Puedes solicitar el pago único de hasta el 100% de la prestación pendiente si vas a iniciar una actividad como trabajador autónomo o como socio de una cooperativa o sociedad laboral. La solicitud debe presentarse antes de darte de alta en la actividad, nunca después.

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