Limite a Creditos de Alto Coste

Nuevos Límites Enero 2026

Límite Máximo a los Costes (TAE)

22%
Máximo Transitorio
Hasta la entrada en vigor del Real Decreto.
MÁRGENES SOBRE EL TIPO MEDIO (PREVISTOS):
Hasta 1.500 € +15 puntos
Entre 1.500 € y 6.000 € +10 puntos
Más de 6.000 € (≤ 8 años) +8 puntos
Más de 6.000 € (> 8 años) +6 puntos

Llegan cambios para proteger a los consumidores que buscan financiación rápida pero con altos intereses en España. El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley que regula los créditos al consumo.

¿Qué tipo de préstamos se limitarán?

Si bien la normativa habla de créditos al consumo, las nuevas medidas incluyen los microcréditos, las tarjetas revolving y los préstamos rápidos en plataformas digitales.

¿Cuándo entra en vigor la nueva Ley?

El Anteproyecto de Ley aprobado se somete desde el 8 de enero de 2026 a Audiencia Pública junto con el proyecto de Real Decreto de desarrollo para presentación de alegaciones por parte de los agentes interesados hasta el 30 de enero.

Esta norma transpone las Directivas europeas sobre créditos al consumo y servicios financieros a distancia.

¿Cuáles son los nuevos límites a los costes?

Entre las principales novedades destaca la introducción de medidas de limitación de costes con el objeto de prevenir el sobrendeudamiento y otorgar seguridad jurídica a todos los operadores.

En primer lugar, se establece un régimen general de limitación de costes, de tal forma que la TAE no supere un determinado nivel de tipo de interés máximo.

El límite general se fijará a partir del tipo de interés medio del crédito al consumo al que se le añade un margen que se establece por tramos de importe del crédito en el desarrollo reglamentario.

Los segmentos y márgenes previstos en los textos sometidos a Audiencia Pública y el tipo de interés resultante (considerando el tipo TAE medio de crédito de octubre de 2025) son:

  • Para importes iguales o inferiores a 1.500 euros, 15 puntos porcentuales.
  • Para importes superiores a 1.500 e inferiores a 6.000 euros, 10 puntos porcentuales.
  • Para importes superiores a 6.000 euros, con plazo de vencimiento inferior a 8 años, 8 puntos porcentuales.
  • Para importes superiores a 6.000 euros, con plazo de vencimiento superior a 8 años, 6 puntos porcentuales.

Los límites se actualizarán y publicarán trimestralmente por el Banco de España y de forma anticipada al trimestre de aplicación.

Hasta la entrada en vigor del Real Decreto que fije estos tramos, el Anteproyecto de Ley establece un límite máximo transitorio, del 22%, aplicable a las nuevas operaciones formalizadas tras su entrada en vigor.

Además, este límite será aplicable también a la liquidación de las operaciones de tarjetas revolving existentes.

Cambios en los plazos y tipos de interés en créditos de alto coste

Además, se establece un segundo régimen de limitación de tipos como parte de una regulación integral de los créditos de alto coste de bajo importe, plazo de reembolso reducido y tipos elevados.

La regulación propuesta establece un periodo mínimo de reembolso de estos créditos (al menos 3 cuotas mensuales) y reducir el coste total soportado por el consumidor, que se limita a un tipo de interés mensual del 4% y una comisión máxima del 5% sujeta a un máximo de 30 euros.

El coste máximo de estos créditos no podrá ser superior al de un crédito a doce meses por el mismo importe bajo el régimen general.

¿Se podrán promocionar como créditos rápidos y fáciles?

Otro de los cambios radica en la mayores obligaciones de conducta que tendrán que aportar los prestamistas de alto coste.

Los prestamistas autorizados a conceder este tipo de créditos estarán obligados a proporcionar una información específica y reforzada con una antelación mínima de 24 horas que permita tomar una decisión plenamente informada, así como mayores requisitos de publicidad de estos créditos, entre otros.

En la publicidad, se establece la prohibición de destacar la facilidad o rapidez con la que se puede obtener un crédito de alto coste sobre el resto de sus características esenciales, tales como tipología y coste total del crédito.

¿Será obligatorio analizar el historial crediticio del cliente?

Sí, para prevenir el sobreendeudamiento de los consumidores, se exige la consulta obligatoria del prestamista al historial crediticio del cliente y se prevé que la consulta a bases de datos sea obligatoria atendiendo a la tipología de créditos o importe contratado.

Para el caso de créditos de alto coste, se prevé que dicha consulta sea obligatoria.

En lo que se refiere a las empresas que vendan otros productos o servicios y quieran ofrecer financiación (concesionarios, grandes almacenes de muebles o electrodomésticos…) lo tendrán que hacer como préstamos sin intereses.

Otras medidas de protección al consumidor

Se obliga al prestamista a publicar la información precontractual destacada en una página y se crea la figura de servicios de asesoramiento de deudas consistente en la prestación de servicios de asesoramiento financiero, asistencia jurídica o psicológica y social para deudores en dificultades.

Por último, el anteproyecto también transpone la directiva de servicios financieros a distancia mediante la modificación del Texto Refundido de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios.

Se destaca la obligación de establecer una función de desistimiento en la interfaz en línea, así como, desarrollar medidas para abordar las “dark patterns» — técnicas de diseño de la interfaz que distorsionan la toma de decisiones de los consumidores.

¿Quién supervisará a estos prestamistas?

Otra de las novedades de la normativa es que solo podrán conceder préstamos al consumo las entidades financieras registradas y supervisadas por el Banco de España.

Para dar entrada a los operadores no regulados hasta la fecha, se crean dos nuevas figuras: los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado (EFCAL) y los prestamistas de alto coste autorizados.

Los EFCAL tendrán un régimen simplificado basado en el de los establecimientos financieros de crédito (EFC), sin requerimientos prudenciales, que permita promover la competencia y la innovación en este mercado.

En cuanto a los prestamistas de alto coste autorizados, tendrán su actividad limitada a créditos de alto coste. El objetivo es profesionalizar un segmento de crédito no atendido por otras entidades reguladas.

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